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Calculadora de Aguinaldo 2026 — México

Calcula tu aguinaldo completo o proporcional. Incluye exención fiscal de 30 UMAs y cálculo de ISR sobre el monto gravado.

Minimo 15 por ley

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¿Cómo se calcula el aguinaldo en México?

El aguinaldo es una prestación laboral establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. El mínimo legal es de 15 días de salario, aunque muchas empresas otorgan más como prestación superior.

Aguinaldo proporcional

Si no trabajaste el año completo, te corresponde la parte proporcional. Se calcula dividiendo los días trabajados en el año entre 365 y multiplicando por el aguinaldo que te correspondería si hubieras trabajado todo el año.

Exención fiscal del aguinaldo

El aguinaldo está exento de ISR hasta por un equivalente a 30 días de UMA. En 2026, con la UMA diaria de $117.31, el monto exento es de $3,519.30. Solo el excedente por encima de esta cantidad es gravable.

¿Qué pasa si mi patrón no me paga el aguinaldo?

El aguinaldo es un derecho irrenunciable. Si tu empleador no te paga antes del 20 de diciembre, puedes presentar una queja ante la PROFEDET. Las multas por incumplimiento van de 50 a 5,000 UMAs.

Preguntas frecuentes sobre Calculadora de Aguinaldo

¿Cuántos días de aguinaldo me corresponden por ley?
Por ley, el mínimo es 15 días de salario (Art. 87 LFT). Muchas empresas pagan más como prestación superior. El aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año.
¿El aguinaldo paga impuestos?
El aguinaldo está exento de ISR hasta por 30 días de UMA ($3,519.30 en 2026). Solo el monto que exceda esa cantidad está gravado. Por ejemplo, si tu aguinaldo es de $7,500, solo pagarías ISR sobre $3,980.70.
¿Me corresponde aguinaldo proporcional si no trabajé todo el año?
Sí. Si ingresaste a trabajar durante el año, te corresponde la parte proporcional del aguinaldo calculada sobre los días que trabajaste. Por ejemplo, si ingresaste el 1 de julio, te corresponden 182/365 de tu aguinaldo.
¿Cuándo debe pagarse el aguinaldo?
La Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. Si tu patrón no te paga, puedes presentar una queja ante la PROFEDET.

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